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    El urbanismo es la organización de edificios y espacios de una ciudad que dependen de un marco normativo. Es una disciplina que determina la ordenación de un lugar tomando en cuenta la estética, sociología, economía, política y cultura de la ciudad. Por lo tanto, se ocupa de los crecimientos de la ciudad mediante un planeamiento urbanístico en función de lo que se vaya a hacer.

    En el blog de hoy, te contamos en qué consiste el planeamiento de ordenación urbano y lo que persigue en términos generales. Así que, sigue leyendo o vuélvete un experto del tema con nuestra Certificación en Urbanismo.

    ¿Qué es el planeamiento urbanístico?

    El planeamiento urbano es la serie de herramientas determinadas en la legislación urbanística para la organización o usos del suelo. También para la concreción del régimen urbanístico de la propiedad del suelo y la regulación de la actividad administrativa urbanística.

    Por lo tanto, la actividad de planeamiento es una de las tres actividades en que tradicionalmente se divide la actividad urbanística. Estas son la planeación, la gestión y control urbanístico. Actualmente, a estas acciones la legislación urbanística agregó la intervención en el mercado de suelo.

    Objetivos de la ordenación urbanística

    El planeamiento urbanístico señala y determina las maneras de uso del suelo, las tareas y derechos de los dueños de ese suelo. Así como la gestión administrativa de la actividad urbanística.

    Además, la ordenación urbanística tiene los siguientes objetivos:

    • Organizar el uso del suelo según el interés general de la ocupación, a través de la clasificación y calificación. También, dependerá del destino, las construcciones e instalaciones y la reserva y protección del suelo destinado a equipamiento.
    • Establecer las gestiones de las condiciones de acción y programación de las actividades urbanísticas y de edificación.
    • Cumplir con las responsabilidades de conservación y rehabilitación urbana.
    • Realizar patrimonios públicos de suelo para actuaciones públicas que faciliten la ejecución del planeamiento.
    • Calificar el suelo para la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública.
    • Proteger el paisaje natural, rural y urbano del patrimonio histórico, cultural y artístico.

    Instrumentos de planeación urbanística

    Los instrumentos son los documentos que establecen el régimen de los usos y las construcciones en cierto ámbito. Por lo tanto, señalan qué es lo que pueden o tienen que hacer los usuarios, sean dueños o no, en una concreta porción de terreno. Así, se especificará el propio valor del terreno.

    Estos instrumentos deben estar orientados a la obtención de los objetivos generales de la actividad urbanística pública. Además, deben promover sus propios objetivos, ya que tienen la facultad para señalar determinaciones diferentes de cada terreno. Incluso, cuando estos tengan características parecidas o sean de un mismo propietario.

    Clasificación del suelo según el planeamiento urbanístico

    En el diseño de las ciudades existen unas categorías de suelo en función del uso que se vaya a hacer. Aunque puede variar el nombre de un país a otro, de manera general estas clases de suelo son:

    • Suelo no urbanizable: son los terrenos que están destinados a las tareas agropecuarias, bosques, campos, etc.
    • Terreno urbanizable: son los suelos que pueden convertirse en parte de la ciudad y que no tienen una categoría rural.
    • Suelo urbano: estos son los terrenos que forman parte de una ciudad.

    Así, para que un suelo pueda convertirse en suelo urbanizable o urbano es fundamental que tenga establecido un planteamiento general. Esto con la finalidad de que se determine qué clase de suelo es y qué necesita para su transformación.

    En definitiva, el planeamiento urbanístico es el concepto central del derecho urbanístico. Por ello, hace referencia a una representación gráfica de una cierta realidad y también a lo que se quiere hacer con unos terrenos. Todo esto de acuerdo con un programa específico de actuación al que el plan responde.